Descripción del caso
La comunidad indígena Potae Napocna Navogoh hoy conocida como “La Primavera” vive en la zona de Laguna Blanca de la Provincia de Formosa desde antes de la colonización. Este caso es uno de los más paradigmáticos que da cuenta de la situación de violencia, discriminación y exclusión de los pueblos originarios en Argentina. La comunidad hoy sigue reclamando por la devolución y titulación de su territorio. Asimismo ha sido objeto de numerosos hechos de violencia y represión. Su líder, Felix Díaz, enfrenta procesos penales, utilizados como estrategia para silenciar su voz y la defensa de su pueblo.Territorio
El conflicto por la recuperación del territorio tiene origen en 1985, cuando no se entregaron correctamente las tierras cedidas originalmente por decreto de 1940. En 2010 el gobierno, de manera inconsulta, avanzó con la construcción de una universidad nacional en territorio ancestral. Ello derivó en el bloqueo de la Ruta Nacional 86 durante cuatro meses desde el 23 de noviembre de 2010 y en una brutal represión por parte de la Policía de Formosa. Las fuerzas de seguridad acabaron disolviendo la protesta con violencia, disparando contra las personas congregadas en la carretera, lo que se tradujo en un manifestante y un policía muertos, diversas personas heridas y varias casas quemadas (ver abajo – Violencia y Represión) Hasta el momento no se han entregado las tierras a la comunidad y se encuentra latente un litigio ante la CSJN.
Relevamiento territorial – Ley 26.160
Durante 2014, el ICA de Formosa y el INAI realizaron el relevamiento territorial en el marco de la ley 26.160, que declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras indígenas en el territorio nacional. Sin embargo, el procedimiento violó los derechos humanos de la comunidad. En primer lugar, su derecho a la consulta y la participación, ya que no hubo ninguna instancia destinada a permitir la participación de la comunidad en el relevamiento, respetando sus procesos e instituciones internas. El procedimiento, además, desconoció las características propias de la comunidad indígena Qom Potae Napocna Navogoh en lo relativo a su relación, uso y goce de su territorio, ya que no tuvo en cuenta ni el croquis ni las narrativas donde los indígenas describieron los lugares en que desarrollan sus proyectos de vida acorde a su ontología y necesidades. El resultado fue que se excluyó del territorio reconocido como de ocupación tradicional al lugar de vivienda de 17 familias, incluyendo la del cacique de la comunidad, Félix Díaz. La Corte Suprema debe resolver.